Establecer, reformar o eliminar tributos, contribuciones, impuestos y sobretasas, de conformidad a la ley.
Velar por la preservación y defensa del patrimonio cultural.
Disponer lo referente a la policía en sus distintos ramos, sin contravenir las leyes y ordenanzas, ni los decretos del Gobierno Nacional.
Reglamentar la autorización al Alcalde para contratar, señalando los casos en que se requiere autorización del Concejo.
Elegir al Contralor (a) y Personero (a) y dictar las normas necesarias para su funcionamiento.
Dictar las normas orgánicas de presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos, el cual deberá corresponder al Plan Municipal de Desarrollo.
Determinar las áreas urbanas y suburbanas de la cabecera municipal y demás centros poblados de importancia, fijando el respectivo perímetro urbano.
Determinar la nomenclatura de las vías públicas y de los predios o domicilios que conformen los barrios o comunas.