Concejo de Cali

Proyecto 180 propone Sistema Inteligente Integrado de Transporte Público: Presidente del Concejo

Santiago de Cali, febrero 22 de 2023.- Luego de la aprobación por parte del Concejo del proyecto de acuerdo 180 en segundo debate, concejales que votaron de forma negativa la ponencia explicaron su voto a la opinión pública, mientras que desde la Presidencia del corporativo se amplía la información respecto de los cambios que sufrió parte del articulado, para responder a inquietudes de la comunidad y de los mismos concejales.

La aprobación del proyecto de acuerdo 180 que modifica los Acuerdos 0401 de 2016, que creó la Tasa por Congestión y 0452 de 2018, que pignora al año 2045 la sobretasa a la gasolina y establece el cobro de parqueo por estacionamiento en vía pública, contó con 14 votos positivos, contra cuatro negativos, los de los Concejales Ana Leidy Erazo Ruiz, Roberto Ortiz Urueña, Terrry Hurtado Gómez, Audry María Toro Echavarría y Tania Fernández Sánchez.

CONCEJO

Respecto de las modificaciones, a los artículos de los Acuerdos antes mencionados, el Presidente del Concejo, Carlos Hernán Rodríguez Naranjo, explicó que se hicieron modificaciones concertadas con varios concejales, el grupo de Concejales Ponentes (Richard Rivera Campo, Flower Enrique Rojas, Carlos Andrés Arias, Fernando Alberto Tamayo y Juan Manuel Chicango), avalados por el equipo técnico de la Administración Distrital, que se explican a continuación.

Artículo 12 del Acuerdo 0452 de 2018. Destinación de la contribución por servicio de parqueo o de estacionamiento en vía: Los recursos que perciba el Distrito Especial, por este concepto, serán destinados a la sostenibilidad del SITM y a los costos asociados al diseño, implementación, operación, control, vigilancia, fiscalización de la medida de contribución por este servicio, los cuales se definirán previo los estudios técnicos.

El Artículo 23 del Acuerdo 0452 de 2018. Destinación de los recursos de la sobretasa a la gasolina. A la entrada en vigencia del presente Acuerdo y de conformidad a la Ley 2093 de 2021, el total del recaudo de la sobretasa a la gasolina se distribuirá así:

Hasta el año 2040, el 78.6%, se destinará a la financiación de la infraestructura vial, física, tecnológica del recaudo, control y gestión, el material rodante, la seguridad y la cultura, así como las demás estrategias que se definan para la sostenibilidad integral del SITM, que están en el Artículo 33 del presente Acuerdo (Sistema Inteligente de Integración de otros modos Legales de Transporte para Cali).

El 21.4% restante del recaudo de la sobretasa a la gasolina, se destinará al mantenimiento de la malla vial de todo el Distrito Especial de Cali y la construcción y mantenimiento de la ciclo infraestructura que hace falta y la existente.

El Artículo 25 del proyecto 180, que hace referencia a las Multas de Tránsito, quedó de la siguiente manera: Reoriéntese en un 30% de los ingresos por concepto de multas por infracciones de tránsito, con destino a la sostenibilidad del SITM y al Mio Cable.

El Artículo 32 del proyecto de acuerdo 180, crea un fondo cuenta denominado sobretasa a la gasolina, que operará como cuenta independiente de recaudo, a cargo de la Dirección de Hacienda.

En el Artículo 33, se define que los recursos a recaudar determinados en el proyecto de acuerdo 180, tendrán como objeto, las siguientes finalidades: Plan Infraestructura CONPES, Adquisición de Material Rodante, Plan de Recuperación de Flota, Infraestructura Tecnológica de Recaudo, Control y Gestión, Plan Mejoramiento Malla Vial de Cali, Construcción y Mantenimiento de Ciclo Infraestructura, Seguridad y Cultura, Fondo FRESA, pago Patios y Talleres y el FESDE. Estas tendrán prioridad.

El Artículo 34, determina la modificación del Plan Integral de Movilidad Urbana PIMU así: dentro de los tres meses a la sanción del presente proyecto, el Alcalde deberá expedir los actos administrativos para modificar el PIMU, con el fin de permitir la adecuación del Sistema de Transporte Público a las necesidades del Distrito Especial tal como lo expresan los artículos 98 y 100 de la Ley 1955 de 2019.

Y el Artículo 35 que será el eje primordial complementario del artículo 34, que propone la creación del Sistema Inteligente Integrado de Transporte Público así: La Administración Distrital rediseñará e implementará el Sistema de Transporte Público, para adoptar un modelo inteligente, integrado y sostenible, donde converja la intermodalidad, la integración física, operacional y tarifaría del SITM – Mio, incluido el Mio Cable, el Transporte Público Colectivo Tradicional, a través de sistema de transporte complementario, los camperos o gualas y demás modalidades legales de transporte público el cual se denominará: SISTEMA INTELIGENTE INTEGRADO DE TRANSPORTE PÚBLICO SIITP.

CONCEJO

“Para alcanzar este ideal que es el fin del Acuerdo en mención o proyecto de acuerdo 180, el Alcalde de Cali, deberá gestionar ante el gobierno del Presidente Petro, los recursos necesarios que permitan alcanzar este ideal de SIITP, una vez se apruebe el Plan de Desarrollo Nacional”, explicó el Presidente del Cabildo Carlos Hernán Rodríguez Naranjo.

“Estos permitirá que Cali avance hacia un sistema que disminuya la accidentalidad vial, la congestión vehicular, la contaminación ambiental, pero ante todo, a que responda a las necesidades que hoy tienen los usuarios del Sistema de Transporte Masivo y a desestimular a partir de contar con un buen servicio, del uso del vehículo particular”, agrega Rodríguez Naranjo.    

Para el Presidente del Concejo, de cumplirse las tareas dejadas en el proyecto de acuerdo, Cali será ciudad pionera en responder a los cambios estructurales que demandan los actuales Sistemas de Transporte Masivos en el país, dejando atrás el esquema del Masivo. 

 

Comunicaciones y Relaciones Corporativas

Comunicado Estratégico: 21.2.3.63/2023

www.concejodecali.gov.co

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Fecha de publicación 22/02/2023
Última modificación 16/10/2023