Concejo de Cali

Descontento de comerciantes por cierre de establecimientos por interpretaciones de normas llego al Concejo

Santiago de Cali, julio 24 de 2023.- La denuncia que hace el Concejal Juan Martín Bravo Castaño, sobre una posible extralimitación de funciones por parte de algunos inspectores de policía, que exigen a algunos establecimientos comerciales requisitos por fuera de la norma, fue traído al Concejo con participación de Planeación y la Secretaría de Seguridad y Justicia, además de uno de los empresarios afectados.

plenaria 24

“Están pidiendo requisitos que no corresponde para el funcionamiento de locales comerciales en la comuna 2, 17 y 18, y en algunos casos, hasta dinero solicitan para dejar operar algunos negocios en sectores como el Parque del Perro”, aseveró el Concejal Juan Martín Bravo Castaño.

plenaria 24

Bravo Castaño, a través de una acción de cumplimiento habría exigido al gobierno local no pedir este tipo de requisitos como Esquema de Implantación y Regularización y Licencia de Construcción, dado que no correspondería, según fallos de los altos tribunales y la propia Constitución.  

Ante las denuncias, el Concejal Roberto Rodríguez Zamudio, instó a Bravo Castaño a poner la denuncia ante la Fiscalía.

plenaria 24

Entre tanto, el Concejal Juan Manuel Chicango Castillo, recordó que las decisiones de algunos inspectores de policía, son independientes de la Secretaría de Seguridad y Justicia, y eso es lo que genera confusión. “El Esquema de Implantación y Regularización, es el paso principal para el funcionamiento de un local comercial y de este EIR depende el permiso o Uso del Suelo para operar, según el POT”.

Chicango Castillo, solicitó revisar esa exigencia del EIR en el POT para saber si eso le sirve o no a la ciudad.  

plenaria 24

El Concejal Henry Peláez Cifuentes, preguntó: “qué pasaría si esta exigencia se aplicará a todo el comercio en la ciudad, qué nos quedaría funcionando en el Distrito?”. Para el Cabildante, el desarrollo de la actividad comercial se da en la medida que los emprendimientos crecen. “Cuando el uso es mixto, se consiente la actividad residencial y comercial, por tanto, los ajustes se hacen en las edificaciones. Sin embargo, vale la pena revisar el cierre de los establecimientos La Purga, Ruta 23 y Bill Rose que fueron cerrados, a juicio de los inpectores de policía”.

PLENARIA 24

Alfonso Muñoz Cárdenas empresario propietario del establecimiento Bill Rose habló ante la plenaria del Concejo, por invitación del Concejal Juan Martín Bravo Castaño, para exponer los casos, en los que consideran habría una extralimitación de funciones y la exigencia de documentación que no corresponde, puesto que tanto su establecimiento, como la Purga y Ruta 23, son locales que están ubicados en zona mixta y tienen los documentos en regla conforme al Plan de Ordenamiento Territorial y otras normas vigentes. Sin embargo, dice, las autoridades amparadas en el numeral 12, del Artículo 92 de la Ley 1801 de 2016 o Código Nacional de Policía, proceden al cierre de dichos establecimientos.

Muñoz Cárdenas aseveró que acorde a la Constitución cuando una actividad está reglamentada de manera general, las autoridades no podrán exigir permisos o requisitos adicionales para su ejercicio. “La Purga está en zona permitida y presenta todos los requisitos exigidos, pero las autoridades solicitaron un Esquema de Implatación y Regularización EIR. Mientras que a Bill Rose le exigieron la Licencia de Construcción y a Ruta 23, lo cerraron a pesar de tener EIR y Licencia de Construcción. Sin embargo, en tres interpretaciones distintas, se procede a cerrar los tres establecimientos”, cuestionó Alfonso Muñoz Cárdenas.

“Lo grave es que la misma Secretaría de Seguridad y Justicia, certifica que en visita del 30 de octubre de 2022, al establecimiento Bill Rose, constata que este cumple con los requisitos exigidos acorde a la Ley 1801 de 2016”, agregó Muñoz Cárdenas.

plenaria 24

“Recibí ocho veces la misma visita de Policía y Alcaldía”, precisó el empresario.

En Bogotá, dijo Muñoz Cárdenas, hay un caso similar en el que, el Tribunal de Cundinamarca da la razón a los propietarios de un establecimiento cerrado por la Alcaldía, en el sentido de que la actividad ya se había reglamentado y sobre un vacío en la norma, estarían generando este tipo de decisiones que afectan es la generación de empleo y el emprendimiento.

El Concejal Juan Martín Bravo Castaño, citante del debate, aseveró que quien quiera montar un establecimiento comercial debe tener en cuenta la Ley 1801 de 2016 en su artículo 87, que establece los requisitos para un local comercial. Igualmente, expresó que, la normatividad es clara en cuanto a requisitos a presentar a las autoridades, “por tanto, la petición de más requisitos, no estaría permitido para las autoridades”.

“Las visitas a estos establecimientos las hacen los Inspectores de Policía, que exigen los requisitos, incluidos el EIR y la Licencia de Construcción, por tanto, al no tener estos dos elementos, se procede al cierre”, aseveró Bravo Castaño quien mencionó que algunos establecimientos funcionan sin el lleno de requisitos como el EIR o la Licencia de Construcción.

Bravo Castaño agregó que los Inspectores de Policía de las comunas 2, 17 y 19, sí han cerrado establecimientos comerciales tras la exigencia de documentación que no corresponde, “y están allí los casos de la Purga, Bill Rose y Ruta 23 por mencionar a algunos”.

“Pese a que existen los cierres, no habría trazabilidad en los archivos de la Alcaldía sobre estos casos o dicen desde la dependencia que no se han cerrado establecimientos, cuando si lo han hecho”, afirmó Juan Martín Bravo Castaño.

“Incluso hay establecimientos en la comuna 17 y 2, donde les piden entre 10 y 40 millones de pesos para poder funcionar, sin EIR o Licencia de Construcción”, afirmó Juan Martín Bravo Castaño.  

plenaria 24

Viviana Montaño, Subdirectora de Espacio Público y Ordenamiento Urbanístico y encargada del Departamento Administrativo de Planeación de Cali, dijo a su turno que, no es lo mismo tener una licencia de construcción de una casa donde cohabitan máximo 5 o hasta 10 personas y con ella operar luego como local comercial discoteca o bar donde el flujo de gente es mayor.

“El Esquema de Implantación y Regularización EIR, está reglado en el artículo 510 del POT vigente para Cali”, explicó la funcionaria aclarando que las Licencias de Construcción son una competencia de las Curadurías Urbanas.

Respecto del Código Nacional de Policía en su artículo 87, Montaño, aseveró que es obligatorio para cualquier actividad comercial, cumplir con normas de uso del suelo, esto es leyes, ordenanzas y acuerdos.

Bravo Castaño, aseveró que ante el vacío jurídico que se presenta en la Ley 1801 de 2016, no pueden los Inspectores de Policía hacer exigencias que no corresponden o que de forma específica no están claras, pero los inspectores de policía interpretan y cierran establecimientos comerciales. “Aquí varios comerciantes están mamados de las extorsiones que hacen estos funcionarios cuando piden el EIR y la Licencia de Construcción viéndose obligados a pagarles mesadas”.

plenaria 24

Jimmy Dranguet Rodríguez, Secretario de Seguridad y Justicia dijo a su turno que si bien el artículo 87 de la Ley 1801 de 2016, no dice expresamente que se debe exigir licencia de construcción a los establecimientos de comercio, pero sí es claro cuando hace referencia a las normas de los usos del suelo, “esto es los POT en este caso Cali tiene un POT del año 2014 a través del Acuerdo 0373 que crea instrumentos como el EIR”.  

 

Comunicaciones y Relaciones Corporativas

Comunicado Estratégico: 21.2.3.216/2023

www.concejodecali.gov.co

REDES

REDES

TWITTER

TIK TOK

REDES


Número de visitas a esta página 546
Fecha de publicación 24/07/2023
Última modificación 25/07/2023