Concejo de Cali

Concejo aprobó recursos para financiar Universidad IPC y exonerar de IPU a inmuebles patrimonio

Santiago de Cali, septiembre 15 de 2023.- Concejales de Cali aprobaron en Segundo debate, el Proyecto de Acuerdo 218 que modifica el Estatuto Tributario Distrital, con el propósito de reasignar recursos a la Universidad IPC y exonerar del pago del Impuesto Predial Unificado a los predios de San Antonio y otros.
 
La ponencia aprobada por los Concejales, tuvo como ponentes a los Concejales Juan Manuel Chicango Castillo, Natalia Lasso Ospina y Richard Rivera Campo como coordinador de ponentes. La iniciativa contó con 19 votos favorables.  
 
Rivera Campo explicó que en relación al Impuesto Predial Unificado, se adicionan dos parágrafos al artículo 49, para otorgar exoneración de dicho tributo a inmuebles de propiedad de entidades culturales, dedicadas a esa práctica, los inmuebles de Juntas de Acción Comunal reconocidos por autoridad competente, los de sindicatos y asociaciones gremiales, los inmuebles utilizados para atención de la niñez, los de la defensa civil, bomberos y cruz roja y todos los bienes de uso público a cargo del Municipio, estarán exonerados de la obligación del pago del IPU, por 10 años, a partir del primero de enero del año 2023.
 
Igualmente estarán exentos del pago del IPU, por 10 años, aquellos predios catalogados dentro del Acuerdo 0232 de 2007, que contiene el listado de inmuebles que hacen parte del patrimonio arquitectónico de Cali, beneficiando a los propietarios de predios ubicados en barrios como San Antonio.
 
En el caso del Impuesto de Industria y Comercio ICA, los contribuyentes no catalogados como grandes contribuyentes de los impuesto distritales, obligados a declarar anualmente dicho impuesto, podrán solicitar a petición de parte ante el Subdirector de Impuestos y Rentas autorización para que a través de un acto administrativo se autorice el traslado a la periodicidad bimestral del Impuesto de Industria y Comercio, sin poder optar nuevamente por la periodicidad anual, sin que medie un acto administrativo que así lo determine.
 
También se da una exención del Impuesto de Delineación Urbana. Estarán exentas del pago del Impuesto de Delineación Urbana por el término de 10 años a partir del 2023, las siguientes obras de construcción:
 
 
1.   En la modalidad de obra nueva, las obras correspondientes a los programas y soluciones de vivienda de interés social “VIS” con sus correspondientes áreas comunes construidas en los estratos socioeconómicos 1, 2 y 3.
2.   Las obras que se realicen para reparar o reconstruir los inmuebles afectados por actos terroristas o catástrofes naturales ocurridos en la jurisdicción del Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, en las condiciones que para el efecto se establezcan en el decreto reglamentario.
3.   Los tipos de obra señaladas en este artículo deberán entenderse de conformidad con la definición legal que establecen las normas urbanísticas de orden nacional.
4.   Las obras de restauración, conservación y de reforzamiento estructural en los bienes inmuebles declarados de interés cultural.
 
No serán susceptibles de este beneficio las obras de restauración y conservación sobre aquellos inmuebles de interés cultural que hayan sido objeto del beneficio de exención del Impuesto Predial Unificado en las tres vigencias fiscales anteriores a la solicitud.
 
Referente a las Estampillas Distritales, las modificaciones quedaron de la siguiente manera con el fin de financiar los programas universitarios del IPC:
 
A partir del año 2024, un 5%, será destinado para el reforzamiento del bilingüismo en las Instituciones Educativas Oficiales de Santiago Cali. Y un 10%, será destinado para el Establecimiento IPC.
 
Se aplicará el cobro de la Estampilla Pro Desarrollo a los contratos, convenios y acuerdos que suscriba el Distrito de Cali con la Corporación de Eventos, Ferias y Espectáculos de Cali – CORFECALI.
 
Los contratos, convenios y acuerdos que suscriba la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESPM, y que los mismos estén enfocados al desarrollo y celebración del Alumbrado Navideño y Ornamental del Distrito de Santiago de Cali.
 
En relacion a la Estampilla Pro Cultura Sin perjuicio de la destinación contenida en Leyes o Actos Administrativos que regulan la materia, a partir del año 2024 de los recursos provenientes del recaudo de la Estampilla Pro Cultura, se destinará el 10% al IPC.
 
Para tal efecto, serán grabados con la estampilla Pro Cultura, los contratos, convenios y acuerdos que suscriba el Distrito de Cali con Corfecali.
 
Los contratos, convenios y acuerdos que suscriba la UAESPM, y que los mismos estén enfocados al desarrollo y celebración del Alumbrado Navideño y Ornamental del Distrito de Santiago de Cali.
 
En relación a la Estampilla para el Bienestar del Adulto Mayor, se cobrará a los contratos, convenios y acuerdos que suscriba el Distrito de Cali con Corfecali.
 
Los contratos, convenios y acuerdos que suscriba la UAESPM, y que los mismos estén enfocados al desarrollo y celebración del Alumbrado Navideño y Ornamental del Distrito de Santiago de Cali.
 
La Tasa Pro Deporte también se cobrará a los contratos que realice Corfecali y la UAESPM.
 
Respecto del descuento al Impuesto Predial Unificado, el Alcalde queda facultado para modificar el porcentaje, y se aplique hasta el 31 de diciembre de 2023.
 
El Proyecto 218 pasará a sanción del Alcalde Jorge Iván Ospina para su sanción e implementación.

 

Comunicado Estratégico: 21.2.3.262/2023

www.concejodecali.gov.co

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Fecha de publicación 15/09/2023
Última modificación 16/09/2023